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Elecciones 2023

Última actualización: 01/12/2023


CONVOCATORIA DE ELECCIONES 2023

Siendo procedente cubrir cargos vacantes de la Junta de Gobierno, y por acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha DOS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES, se convocan elecciones para cubrir los cargos vacantes, con arreglo a los artículos 36 y siguientes de los Estatutos del Ilustre Colegio de Abogados de Cartagena, y del artículo 79 del Estatuto General de la Abogacía Española, para el próximo día VEINTE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES (20/12/23).

Tendrán derecho a sufragio activo todos los Colegiados incorporados con más de tres meses de antelación a la fecha de convocatoria de las elecciones. En las elecciones, el voto de los ejercientes y de los inscritos tendrá el doble de valor que el voto de los no ejercientes.

Los cargos a cubrir son los siguientes:

  • DIPUTADO 2º
  • DIPUTADO 4º
  • DIPUTADO 6º
  • BIBLIOTECARIO
  • SECRETARIO

Para los mencionados puestos y como único requisito será necesario estar colegiado y residente en el ámbito territorial del Colegio. Las candidaturas deberán presentarse en la Secretaría de este Colegio antes de las catorce horas del día VEINTITRES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES (23/11/23), especificándose el cargo determinado al que se presenta, no pudiendo ningún Colegiado presentarse para más de un cargo. Se permitirá la presentación de listas conjuntas para varios cargos, si bien la votación será individual a cada candidato.

La Junta Electoral, transcurridos DOS DÍAS desde la finalización del plazo de presentación de Candidaturas, proclamará candidatos a quiénes reúnan los requisitos legales, considerando electos a los que no tuvieren oposición.

Una vez proclamados los candidatos, con la finalidad de facilitar el acceso de los mismos al resto de colegiados se les facilitará el derecho de remisión de una única presentación de programa electoral a través de una circular, que deberá
remitir al Colegio de Abogados con una antelación mínima de 10 días a la celebración de la jornada electoral, con las limitaciones de carácter técnico que se consideren oportunas (peso, formato, etc…) y demás requisitos fijados por parte
de la Junta electoral.

El día de la elección, se constituirá la mesa electoral, y comenzará la votación, a cuyo efecto estarán dispuestas dos urnas, una para el voto de los Colegiados Ejercientes e Inscritos, y otra para el voto de los No Ejercientes. La votación comenzará a las 09:00 horas de la mañana y finalizará a las 14:00 horas del mismo día, en el que se cerraran las puertas del Colegio electoral y sólo podrán votar los colegiados/as que se encuentren en el interior del Salón.

El ejercicio del voto en las presentes elecciones corporativas, a estos efectos, podrá hacerse además de presencial en la sede del Colegio de Abogados por medios telemáticos así como por correo. Ello de la siguiente manera :

  • VOTO POR MEDIOS TELEMÁTICOS :

    El voto telemático se podrá emitir, en la plataforma habilitada al efecto, anticipadamente durante el día DIECINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS (19/12/23) desde las 10 horas de la mañana hasta las 20 horas. Dicho día es el anterior al de las elecciones presenciales. Se acuerda que el sistema de firma electrónica permitido
    será el de la Autoridad de Certificación de la Abogacía Española, como único válido a los efectos de acreditar la identidad para ejercer el derecho de sufragio de manera telemática.

    Los sistemas operativos admisibles son Windows, Mac, y Linux y los navegadores compatibles son los más habituales del mercado : Firefox, Google Chrome, Safari y Microsoft Edge. Cualquier alteración que pudiera existir por causas técnicas, así como cualquier ampliación de información necesaria, serán debidamente comunicadas por la Junta Electoral, mediante la oportuna circular, y siempre con la antelación suficiente al día señalado para el
    voto telemático.

  • VOTO POR CORREO :

    Quien desee emitir su voto por correo deberá comunicarlo por escrito a la Junta Electoral con una anticipación mínima de quince días a la fecha señalada para la votación. La Junta Electoral expedirá una acreditación personal en la que conste dicha petición que le será facilitada junto a la papeleta de voto y el correspondiente sobre.

    Se deberá introducir la papeleta en su sobre y éste junto con la acreditación y una fotocopia de su carné de identidad o profesional en una plica que deberá remitir por correo al Colegio, indicando junto a la dirección de la Corporación la mención «a la atención de la Junta Electoral». La plica deberá obrar en poder de la misma antes de que comiencen las votaciones presenciales.

En todo lo que no se consigne en esta Convocatoria, se estará a lo dispuesto en el Estatuto General de la Abogacía Española.

En Cartagena, siendo el día DOS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS.

LA JUNTA ELECTORAL

PRESIDENTE: D. ALFONSO LEDO FERNANDEZ
SECRETARIO: DOÑA MARIA LOPEZ LORENTE
VOCAL: D. MARIANO OLIVER SANCHEZ
VOCAL: Da MARIA ANGELES BARBERO OTON

CENSO DE LETRADOS EJERCIENTES

CENSO DE LETRADOS NO EJERCIENTES


ACTA DE PROCLAMACION DE CANDIDATOS 2023

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