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NORMATIVA ELECTORAL DE OBLIGADO CUMPLIMENTO. CIRCULAR 05/2022

Estimados compañeros:

                    Con motivo de las elecciones a celebrar el próximo lunes día 17 de enero, reiteramos las normas de obligado cumplimiento, ya que tenemos peor situación de la pandemia COVID19 que el pasado 22 de diciembre de 2021. Por tanto os rogamos encarecidamente su cumplimento, a fin de evitar en la medida de lo posible contagios, tanto al personal administrativo, como a la propia Mesa Electoral y a vosotros mismos.

NORMATIVA ELECTORAL DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO EN FUNCION DEL ESTADO DE ALARMA MAXIMO NIVEL 4  DECRETADO POR LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LA REGION DE MURCIA PARA EL MUNICIPIO DE CARTAGENA DEL ESTADO DE LA PANDEMIA COVID19

Estimados compañeros Letrados:

                               Ante la situación de nivel de alerta 4 MUY ALTO/EXTREMO decretado por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el municipio de Cartagena, y en relación con el COVID19 y las elecciones a realizar el día 22 de diciembre de 2021 en este Ilustre Colegio de Abogados, la empresa de Riesgos Laborales a la cual nos han remitido tras consulta a la Comunidad Autónoma, nos ha hecho llegar las siguientes normas de obligado cumplimiento para votantes y candidatos. Las mismas han sido ratificadas por la Mesa Electoral en cumplimiento de sus funciones previstas en el artículo 36 de los Estatutos, así como por Junta de Gobierno celebrada en la tarde del 20 de diciembre. Las circunstancias extremadamente graves de la pandemia en la actualidad nos ha obligado a asumir las medidas que a continuación se indican en un puro acto de responsabilidad hacia los trabajadores y hacia todos los Colegiados. Entendiendo que son medidas extraordinarias son tomadas en función de una situación absolutamente extraordinaria como es la que tristemente nos encontramos en la actualidad.

  • Debe evitarse la aglomeración de personas a la entrada y a la salida de los locales electorales, manteniendo, en todo caso, la distancia de seguridad, por tanto, ningún votante ni candidato podrá permanecer en las instalaciones de este Colegio más tiempo del estrictamente necesario para ejercer el voto, saliendo a continuación de las instalaciones colegiales.
  • Debe organizarse la entrada de las personas votantes en el local electoral de modo que se respete la distancia interpersonal, controlando siempre el número de personas votantes presentes en el interior del local electoral a fin de garantizar el cumplimiento de la distancia de seguridad. A tal efecto por este Ilustre Colegio y su Junta de Gobierno, así como por la Mesa Electoral se ha habilitado un pasillo de entrada y salida al Salón de Actos para poder efectuar el voto.
  • Debe organizarse, siempre que sea posible, el recorrido de entrada y de salida en el local electoral a fin de dirigir el flujo de personas que entran y salen y evitar el contacto entre ellas
  • Deben mantenerse, siempre que resulte posible, las puertas del local electoral abiertas a fin de evitar la necesidad de manipular manillas, pomos o similares, pero evitando las corrientes de aire.
  • Deberá mantenerse el interior de los locales electorales lo más diáfanos posible, retirando todos los elementos o muebles no indispensables para el acto de la votación
  • En caso de locales electorales de acceso a través de escaleras o ascensor, se desaconseja la utilización del ascensor excepto para las personas que por su diversidad funcional así lo requieran. En el uso de las escaleras se evitará el contacto con los pasamanos y, en la medida de lo posible, se mantendrán las puertas abiertas con cuñas u otros sistemas, para evitar el contacto de las personas con las manillas, pomos o similares.

Medidas organizativas

  • Se dispondrá que solo se permitirá el acceso de la persona votante al colegio electoral, sin perjuicio de que podrá acudir acompañada si necesita el auxilio de otra persona por razones de disfuncionalidad.
  • La permanencia de las personas votantes en el local electoral será la indispensable para, en su caso, la selección de la papeleta y para efectuar la votación.
  • Se colocarán carteles informativos en los locales electorales que contengan las indicaciones de seguridad que se deban observar y, entre ellas, las relativas a la correcta utilización mascarilla y uso de gel hidroalcohólico al entrar al colegio
  • Se procurará mantener la máxima distancia posible entre los miembros de las mesas y las restantes personas asistentes

Medidas de protección colectiva:

  • Se dispondrá de productos de higiene, tales como geles hidroalcohólicos, que permitan a todas las personas que accedan al local electoral realizar una adecuada desinfección de manos.
  • Se intensificarán las actuaciones de limpieza y desinfección del local electoral
  • Se ventilará adecuadamente el local electoral previamente a la jornada electoral y, en la medida de lo posible, durante dicha jornada, manteniendo las ventanas y puertas abiertas.

Medidas de protección individual:

  • Uso obligatorio de mascarilla
  • Tanto las personas integrantes de las mesas como el resto de las personas asistentes y las personas votantes deberán extremar las medidas de higiene respiratoria como, al toser, cubrirse la boca con un pañuelo desechable o contra el brazo con el codo flexionado. Igualmente, evitarán tocarse los ojos, la nariz o la boca.
  • Se mantendrá una adecuada y frecuente higiene de manos como medida principal de prevención y control de la infección (tener a disposición tanto de votantes como de participantes, gel hidroalcohólico)

Estas normas de obligado cumplimiento son vitales para todos los asistentes a la votación. Se trata únicamente de seguir las indicaciones de la empresa de riesgos laborales, así como las generales impuestas por la Comunidad Autónoma que lo son en beneficio de todos dada, la gravísima situación pandémica de nivel máximo decretada en nuestra Ciudad.

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